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Actualidad

Tramitación de solicitudes del informe de sostenibilidad financiera de las EE.LL durante el estado de alarma

Por Afi

Se ha habilitado un procedimiento especial para agilizar la tramitación de los expedientes de solicitud de dicho informe.

Jueves, 16 de abril de 2020

Se ha publicado, a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, una nota informativa sobre la tramitación del informe de sostenibilidad financiera de las Entidades Locales (EE.LL, en adelante).

Para ello, las solicitudes que presenten las EE.LL deberán cumplir, simultáneamente, los siguientes requisitos:

Condiciones de presentación
  • Remisión electrónica a través del Sistema de Intercambio de Registros y mediante correo electrónico (endeudamiento@hacienda.gob.es)
  • Tanto el escrito de solicitud como la documentación adjunta deberán estar firmados electrónicamente.
Suministro de información

Se deberán haber enviado a través de la Oficina Virtual la Liquidación de 2019, el Presupuesto de 2020 y los datos relativos  al Periodo Medio de Pago a Proveedores (PMP).

Documentación a aportar
  • Informe de intervención sobre el cumplimiento o no del PMP cuantificando dicho periodo.
  • Informe de intervención sobre el ahorro neto legal y porcentaje de endeudamiento consolidado de la Entidad, referidos a la liquidación presupuestaria de 2019.
  • Informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad en el presupuesto vigente (2020) en caso de que la entidad no estuviese obligada a remitir informe de estabilidad en las ejecuciones trimestrales del ejercicios corriente.
  • Informe de intervención que anlaice el coste de la competencia impropia y/o delegada, y sobre la necesidad o no de complementariedad financiera para ejercer dicha competencia.
  • Informe de intervención sobre si los compromisos de gasto generarían inestabilidad, según datos de contabilidad nacional, así como necesidad de acudir a endeudamiento financiero, tanto en el presupuesto corriente como en los futuros.
Las comunicaciones a las entidades locales se efectuarán a la dirección de correo que presente la solicitud, aunque, opcionalmente, se podrá añadir alguna adicional.

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